Me gustaría centrarme en mi entrada
de diario en el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, es
decir, en las Escuelas Oficiales de idiomas y en los cambios que sufrieron a
raíz de la entrada en vigor de la LOMCE (Ley
Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa) en el 2013 y la creación
del MCER (Marco Común Europeo de referencia para las lenguas) en el 2001.
Con la antigua ley, la LOE (Ley
Orgánica de Educación) del año 2006, la competencia lingüística se
subdividía en tres niveles: Nivel básico que correspondía a los niveles A1 y
A2; nivel intermedio que correspondía al nivel B1; y el nivel avanzado que
correspondía al nivel B2. La LOE no hizo referencia directa al MCER, pero
recogió en su artículo 62 que el título de Bachiller se correspondería con un
nivel intermedio de la primera lengua extranjera cursada en el bachillerato. Es
decir, establece una equivalencia entre el título de Bachiller y el nivel A2
del MCER, habilitando a los alumnos para cursar el nivel intermedio de las
Escuelas Oficiales de Idiomas que correspondería al nivel B1 del MCER. Sin
embargo, para los títulos universitarios oficiales de Maestro en Educación
Primaria y para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Enseñanza
Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de
Idiomas, se establece el nivel B1 tanto para el Grado como para el ingreso en
Máster en Profesorado. También se fija por Real Decreto el nivel B2 para los
profesores de enseñanza secundaria que deseen impartir su asignatura en otro
idioma
Con la entrada en vigor de la nueva
ley LOMCE, según el estándar internacional que define la competencia
lingüística en el MCER, los tres niveles existentes hasta entonces se
subdividieron a su vez en seis subniveles. Los antiguos tres niveles
denominados como básico, intermedio y avanzado pasaron a denominarse con otros
nombres que citaré a continuación. De este modo el nivel básico pasó a llamarse
usuario básico formado por dos subniveles correspondientes a un A1 llamado
nivel de acceso y a un A2 llamado nivel plataforma. El nivel intermedio pasó a
llamarse usuario independiente y se subdividió en un B1 llamado nivel umbral y
un B2 llamado nivel avanzado. Por último, el nivel avanzado llamado ahora nivel
usuario competente, pasó a subdividirse en dos subniveles denominados C1
llamado nivel dominio operativo eficaz y C2 llamado nivel maestría. Esta
amplitud de niveles condensa demasiadas competencias y habilidades. Un
estudiante de nivel B1 está muy por detrás de un estudiante de nivel B2, pero
ambos podrían definirse como estudiantes de nivel B1. De este modo, los
profesores se ven abocados a desglosar cada uno de los seis niveles en
subniveles más pequeños, para poder diseñar lecciones y evaluaciones.
Documentándome para esta entrada
encontré este artículo periodístico de la vanguardia del 2 de febrero de 2018
que os muestro a continuación: Polémica
por el nuevo decreto que regulará las EEOOII. En él se habla de la polémica
surgida a raíz del nuevo decreto que regulará las Escuelas Oficiales de
Idiomas. Aunque en esta noticia se centra en la Comunidad de Madrid, se
pretende, a través del Real decreto del Ministerio de Educación sobre
enseñanzas de idiomas, que afecte al resto de España ya que obliga a todas las
comunidades autónomas a implantar las nuevas enseñanzas en el curso 2018/2019.
Las protestas no han tardado en producirse ya que parece no haberse decretado
con fundamentos muy coherentes ni con la aprobación de profesores y centros que
no han sido escuchados. La reforma que acarrea la implantación del nuevo Real
Decreto consistiría básicamente en menos horas y más niveles. El nivel básico
que es fundamental para todos los idiomas y supone casi el grueso del alumnado
pasaría a darse en un año. De los seis años que se imparten actualmente para
alcanzar el nivel B2, pasarían a ser solo 4 años. Se incluyen los nuevos cursos
de C1 y C2 en todos los idiomas, pero no se ha ofrecido en ningún momento
formación específica a los profesores que tengan que impartir los nuevos
niveles y tampoco existe realmente alumnado real, ya que no se sabe si será
inmediata su oferta. Tampoco hay ninguna referencia a los grupos reducidos ni a
ratios, que actualmente son de 30 alumnos por aula, lo que impediría trabajar
correctamente las destrezas de expresión. La enseñanza semipresencial y online
que se incluye para llegar al número total de horas no está operativa en los
centros al no tener los medios ni la experiencia. Estas medidas se exigen para
satisfacer la “necesidad” de adaptar el modelo al MCER
La Consejería menciona la posibilidad
de externalizar dichas enseñanzas informáticas al no haber dotado a las EOI de
medios suficientes para ello. También se esboza sin detenerse mucho
que podría ser impartido el nivel usuario básico por otras instituciones.
¿Cómo puede ser esto posible? Hay profesores capacitados sobradamente para
impartir este nivel y no se menciona nada con respecto a los cursos fantasma de
C1 y C2 en donde realmente no hay profesorado cualificado en estos momentos.
Podríamos decir que en este caso se ha construido la casa por la ventana con
unos cimientos endebles y poco respetuosos. No sé cómo han resuelto en la
práctica todos estos inconvenientes en las Escuelas Oficiales de Idiomas porque
el nuevo curso ya lleva unos meses de andadura. Solo quiero instar a la
reflexión y concienciarnos de que tal vez este no sea el camino más solidario y
correcto para el aprendizaje de una nueva lengua, que es la base fundamental de
estos centros.
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